DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05891
15 de junio de 2012
DCA-1409
Señora
Arquitecta Gabriela Murillo Jenkins
Gerente Infraestructura y Tecnologías
Caja Costarricense de Seguro Social
Estimada señora:
Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, convenio marco suscrito entre la Caja
Costarricense de Seguro Social y Radiográfica Costarricense S.A.
Nos referimos a su oficio GIT-1648-2012 recibido en este órgano contralor en fecha 31 de
mayo de 2012, por medio del cual solicita el refrendo legal del convenio marco suscrito entre la
Caja Costarricense de Seguro Social (en adelante C.C.S.S.) y Radiográfica Costarricense S.A. (en
adelante RACSA).
Al respecto deviene indicar que una vez efectuado el estudio de rigor, procede devolver el
convenio referido sin el refrendo de este Despacho, lo anterior con fundamento en lo que de seguido
se expone:
I.-Objeto del convenio:
Considerando el documento de convenio marco suscrito entre las partes referenciadas, se
observa que al tenor de lo regulado en la cláusula primera el objeto es “…promover mecanismos de
coordinación, interacción, cooperación y reciprocidad entre las dos instituciones, habilitando la
realización de actividades de interés y beneficio mutuo, con el propósito de ampliar conocimientos
y mejorar la actividad de los entes que suscriben el convenio”.
A efectos de lo anterior, las partes mencionan que se han identificado las áreas de interés o
servicios con relación a los cuales posteriormente se celebrarán contratos específicos, lo cual se
observa detallado en la cláusula tercera del convenio y en cláusulas sexta y sétima se han estipulado
los compromisos que cada una de las partes asume.
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II.-De los contratos sujetos a refrendo contralor:
La gestionante remite el oficio de solicitud de refrendo y adjunta copia digital del
expediente adminis ...
Fecha publicación: 20/06/2012
Fecha emisión: 15/06/2012
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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Ing. René Escalante González 14 de febrero, 2007
Lic. Joaquín Soto Mora
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07571
10 de julio, 2007
DCA-2332
Ingeniero
René Escalante González
Gerente de la División Administrativa
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
San José, Av. Segunda, Calle 5 y 7
Fax 2234405
Estimados señores:
Asunto: Refrendo del convenio de Cooperación para el traslado de pacientes en estado crítico de salud suscrito por la CCSS y el Ministerio de Seguridad Pública.
Damos respuesta a su oficio GDA-25817-07 del 13 de junio de este año, mediante el cual nos remite de nuevo para su estudio y eventual aprobación el convenio de Cooperación para el traslado de pacientes en estado crítico de salud suscrito por la CCSS y el Ministerio de Seguridad Pública.
Una vez realizado el análisis de rigor, tenemos el agrado de devolver el convenio de marras con el refrendo constitucional, dado que se han satisfecho todos los requerimientos que hiciéramos en el oficio No 1576 del 14 de febrero de este año.
Finalmente, advertimos que queda bajo la responsabilidad de esas Administración el cumplimiento de todos los aspectos técnicos de este convenio de cooperación interinstitucional, la fiscalización puntual de las obligaciones del mismo, la razonabilidad de los costos, lo cual queda sujeto a una eventual fiscalización posterior, así como el contar con la disponibilidad presupuestaria suficiente para hacer frente a las obligaciones que se contraen en el momento necesario.
Atentamente,
Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada Elena Benavides Santos
Gerente Asociado Fiscalizadora
Anexo: Un expediente
EBS/nvs
Ci: Archivo Central
NI: 11575
2007000359-2
] ...
Fecha publicación: 14/07/2007
Fecha emisión: 10/07/2007
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03314
29 de marzo, 2007
DCA-1121
Doctora
Rosa Climent Martín
Gerenta, División Médica
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
San José, Av. Segunda, Calle 5 y 7
Estimada señora:
Asunto: Se refrenda convenio de aporte financiero entre Caja Costarricense de Seguro Social y el Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud en apoyo al programa de vigilancia epidemiológica de la CCSS por ¢350.000.000,00 anual.
Nos referimos a su oficio 12271-5-A, recibido el 6 de marzo pasado, y por medio del cual remite a estudio el convenio de aporte financiero suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y el Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud para apoyar el programa de vigilancia epidemiológica de la CCSS. El monto del convenio es de ¢29.166.667,00 por mes y hasta un monto anual de ¢350.000.000,00.
Una vez que esta División ha realizado el estudio de rigor, le informamos que se procede con el refrendo solicitado. Huelga señalar que se ha tenido en cuenta las motivaciones que presenta el propio convenio, así como el documento “Evaluación del Convenio de Aporte Financiero CCSS-INCIENSA”, Noviembre 2001 a Octubre 2005 que aparece a folio 557, documento que solicitamos se tenga en cuenta, especialmente en sus recomendaciones.
Atentamente,
Lic. Marco V. Alvarado Quesada.
Gerente Asociado
Lic. Christian E. Campos Monge, M.Sc.
Fiscalizador
Anexo: Dos expedientes
CECM/fjm
Ci: Archivo Central
Ni: 4742
G: 2007001378
] ...
Fecha publicación: 05/04/2007
Fecha emisión: 29/03/2007
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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Ing. René Escalante González 14 de febrero, 2007
Lic. Joaquín Soto Mora
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 01576
14 de febrero, 2007
DCA-0598
Ingeniero
René Escalante González
Gerente de la División Administrativa
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
San José, Av. Segunda, Calle 5 y 7
Licenciado
Joaquín Soto Mora
Jefe de la Asesoría Jurídica
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
San José, Barrio Córdoba, frente al Liceo Castro Madriz
Estimados señores:
Asunto: Denegatoria del refrendo al convenio de Cooperación para el traslado de pacientes en estado crítico de salud suscrito por la CCSS y el Ministerio de Seguridad Pública.
Damos respuesta a su oficio GDA-5143-07 del 16 de enero de este año, mediante el cual nos remite para su estudio y eventual aprobación el convenio de Cooperación para el traslado de pacientes en estado crítico de salud suscrito por la CCSS y el Ministerio de Seguridad Pública.
Una vez realizado el análisis de rigor, lamentamos devolver el convenio de marras sin su correspondiente refrendo, por las siguientes razones:
1) Con respecto a la cláusula tercera del documento se dispone que el Ministerio utilizará en primera instancia sus aeronaves y a falta de ellas, los servicios privados, siempre y cuando esté de por medio una emergencia calificada y sean contratados al tenor de las leyes vigentes y aplicables. Así las cosas, estimamos que no es posible para el Ministerio de Seguridad contratar los servicios privados para el transporte de pacientes pues se sale de su esfera de competencias. Siendo una emergencia, correspondería a la CCSS solicitar los servicios del Ministerio al tenor de este convenio y, en su defecto, utilizar la normativa correspondiente relacionada con la urgencia para resolver su necesidad.
2) Por otra parte, la cláusula cuarta establece la contraprestación por los servicios de tr ...
Fecha publicación: 22/02/2007
Fecha emisión: 14/02/2007
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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Sr. Jorge Monge Rojas
12 de marzo, 2004
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.11800
24 de agosto, 2006
DCA-2466
Señor
Eduardo Dorian Garrón
Presidente Ejecutivo
Caja Costarricense de Seguro Social
San José, Av. 2da, calle 5 y 7
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin trámite alguno la copia del Convenio Marco de Cooperación Caja Costarricense de Seguro Social- Asociación Lucha contra el Cáncer Infantil-Hospital St. Jude Children´s Reserch.
En atención al Oficio No. P. E.19.551-06 fechada 5 de mayo de 2006, recibido por este órgano contralor el 4 de agosto de 2006, suscrito por el anterior Presidente Ejecutivo de esa Institución, mediante el cual se solicita el refrendo al Convenio Marco de Cooperación Caja Costarricense de Seguro Social- Asociación Lucha contra el Cáncer Infantil-Hospital St. Jude Children s Reserch, le comunicamos que únicamente fue remitido para su análisis una copia del convenio original celebrado por las partes intervinientes, por lo que esta División debe abstenerse de brindarle trámite alguno a la gestión, por cuanto únicamente refrendamos documentos originales de los contratos o convenios sometidos a nuestro estudio.
No omitimos señalar que, una vez subsanado tal aspecto, estamos en la mayor disposición de suministrarle un trámite expedito a una futura gestión sobre el particular.
Atentamente,
Elías Delgado Aiza
Fiscalizador
EDA/mst
ci Archivo Central
Ni: 18354
2006004288-1
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 27/08/2006
Fecha emisión: 24/08/2006
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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Lic. Fernando Arias Sanabria
9 de junio, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 06328
9 de junio, 2004
DI-AA-1205
Licenciado
Fernando Arias Sanabria
Director, Dirección Área Financiera
División de Pensiones
Caja Costarricense de Seguro Social
Estimado señor:
Asunto:
Convenio de cooperación suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Banco Crédito Agrícola de Cartago, para la recaudación de la cartera hipotecaria.
Nos referimos a su Oficio No. DC-189-05-04 del 10 de mayo del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, convenio de cooperación suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Banco Crédito Agrícola de Cartago, para la recaudación de la cartera hipotecaria.
Sobre el particular nos permitimos manifestar lo siguiente:
· Según se establece en la cláusula primera del documento contractual en estudio, el convenio tiene como objeto, que la entidad bancaria se encargue de la recaudación de las operaciones de crédito formalizadas y giradas por la CCSS, producto de su actividad de colocación de inversiones a través de créditos hipotecarios.
· Para poder efectuar lo anterior, en la cláusula tercera se señala que el Banco deberá realizar las modificaciones y ajustes necesarios con el fin de diseñar el software que permita la transferencia de datos, siempre que los mismos sean compatibles con el software de la CCSS.
No obstante, no se establece a cargo de quién estaría ese diseño; es decir si serían funcionarios del mismo banco, o si se requerirá contratar una empresa, en cuyo caso, deberá seguirse los procedimientos de contratación administrativa y contar con los recursos necesarios para hacerle frente a dicha obligación. Además no se indica el plazo en que dicho software deberá estar listo para su utilización.
· Asimismo se indica que dicho software será diseñado para que su funcionalidad ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 09/06/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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Lic. Fernando Trejos B.
5 de octubre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 12020
5 de octubre, 2004
DI-AA-2274
Licenciado
Fernando Trejos B.
Presidente Ejecutivo
Instituto Mixto de Ayuda Social
Carretera a San Pedro de Montes de Oca,
de Pollos Kentucky 100 mts norte
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de refrendo del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el IMAS y la CCSS para la implementación del componente correspondiente al IMAS y la CCSS del Sector Salud, financiado por medio del contrato de Préstamo suscrito por el Gobierno de la República con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento”
Damos respuesta al oficio 1276-08-04, recibido por esta Contraloría General el día 25 de agosto del año en curso, mediante el cual solicitan nuevamente el refrendo del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Instituto Mixto de Ayuda Social y la Caja Costarricense de Seguro Social para la implementación del componente correspondiente al IMAS y la CCSS del Sector Salud, financiado por medio del contrato de Préstamo suscrito por el Gobierno de la República con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento”(Ley No. 8269).
Antecedentes
1. Mediante oficio 7790 (DI-AA-1475) del 9 de julio del año en curso, esta Contraloría General devolvió sin refrendo el referido convenio, por cuanto, entre otras inquietudes, nos generaba una serie de dudas los alcances del artículo 7 de la Ley número 8269 que aprobó el contrato de préstamo y sus anexos, celebrado entre la República de Costa Rica y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, para financiar el proyecto “Fortalecimiento y Modernización del Sector Salud”, mediante el cual se autorizó a que de los recursos provenientes del Contrato de Préstamo No. 7068-CR, se dispusiera del monto de $ 3.000.000.00 para consolidar el Sistema de Información de Po ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 05/10/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Lic. Fernando Arias Sanabria
4 de febrero, 2005
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 01312
4 de febrero, 2005
DI-AA-0237
Licenciado
Fernando Arias Sanabria
Director, Dirección Financiera
División de Pensiones
Caja Costarricense de Seguro Social
San José, Av. 2da. Calles 5 y 7
Estimado señor:
Asunto: Convenio suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y el Banco Crédito Agrícola de Cartago, para la recaudación de la cartera hipotecaria, prendaria y fiduciaria.
Nos referimos a su Oficio No. D.A.F 260, mediante el cual nos remite para refrendo, convenio suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y el Banco Crédito Agrícola de Cartago, para la recaudación de la cartera hipotecaria, prendaria y fiduciaria.
Sobre el particular nos permitimos manifestar lo siguiente:
· El anexo 1 “Instructivo para el Manejo de la Recaudación de Operaciones Crediticias de la Caja Costarricense de Seguro Social”, del convenio en estudio, y el cual forma parte integral del mismo, señala en su artículo segundo, que el procedimiento de recaudación que el Banco efectuará, se aplicará en los centros de negocio y puntos comerciales del Banco Crédito Agrícola, así como en las oficinas de la CCSS.
Además, en el artículo 6.4 “paso 1” se indica que el Banco designará al menos dos cajeros en la Plataforma de Servicios del Edificio Jorge Debravo, para que preste los servicios a la Gerencia de Pensiones, conforme se establece en el convenio.
Sin embargo, en el documento contractual no se regulan las condiciones de esel préstamo de funcionarios del Banco a la CCSS, ya que el negocio jurídico se circunscribe únicamente a la recaudación de los créditos por parte de la entidad bancaria. En todo caso, se echa de menos el sustento jurídico que facultaría tal préstamo de personal.
· Por otra parte, en el artículo 6.2 de dicho anexo, en el “paso 6” se señala una not ...
Fecha publicación: 07/02/2005
Fecha emisión: 04/02/2005
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
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Dra. Kemly Picado Mata
25 de noviembre, 2004
Al contestar refiérase
al oficio No.14924
25 de noviembre, 2004
DI-AA-2716
Doctora
Kemly Picado Mata
Gerencia División Médica
Caja Costarricense de Seguro Social
San José, avenida 2da. Calles 5 y 7
Estimada señora:
Asunto:
Criterio en relación con el momento a partir del cual debe reconocerse el precio variado producto de una aplicación del mecanismo de revisión de precio incorporado en el convenio de prestación de servicios de transportes para el traslado de pacientes asegurados, suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y la Asociación Cruz Roja Costarricense.
Nos referimos al oficio No. 36544-04 del 11 de octubre pasado, suscrito por el Dr. Eduardo López Cárdenas, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General en relación con el momento a partir del cual debe reconocerse el precio variado producto de una aplicación del mecanismo de revisión de precio incorporado al convenio de prestación de servicios de transportes para el traslado de pacientes asegurados, suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y la Asociación Cruz Roja Costarricense.
Sobre el particular, resulta importante reiterar que la función de esta Contraloría General, consiste en revisar los mecanismos de reajuste o revisión del precio incluidos en los contratos o addenda sometidos a refrendo constitucional, verificando que los citados mecanismos definan -de conformidad con los requerimientos establecidos- los parámetros o lineamientos generales que regirán el reajuste o revisión del precio en cada contratación. Aspecto que en el caso de mérito fue satisfecho mediante la aprobación
del addendum en el que las partes establecen la estructura porcentual del precio, la fórmula matemática, los indicadores económicos y las principales condiciones que se aplicarán en la determinación de los re ...
Fecha publicación: 28/11/2004
Fecha emisión: 25/11/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: OTROS
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
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Lic. Mario Zaldívar Rivera
18 de agosto, 2003
Al contestar refiérase
al oficio No. 09571
17 de agosto, 2004
DI-AA-1887
Doctor
Eduardo López Cárdenas
Gerencia División Médica
Caja Costarricense de Seguro Social
San José, Avenida Segunda, Calles 5 y 7
Estimado señor:
Asunto:
Addendum para modificar el mecanismo de revisión del precio incorporado en el convenio de prestación de servicios de transportes para el traslado de pacientes asegurados, suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y la Asociación Cruz Roja Costarricense.
Nos referimos a su oficio No. 29569-2004 del 11 de agosto pasado, mediante el cual somete a refrendo el addendum al convenio de prestación de servicios de transportes para el traslado de pacientes asegurados, suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y la Asociación Cruz Roja Costarricense.
Sobre el particular, le comunicamos que una vez efectuado el estudio de rigor, este Órgano Contralor otorga el refrendo constitucional al addendum supraindicado, por cuanto el mecanismo de revisión del precio incluido en dicho documento, se ajusta a los requerimientos establecidos por esta Contraloría General e incorpora las observaciones plasmadas por esta Unidad en sus oficios Nos. 8915 (DI-AA-2014), 5583 (DI-AA-1088), 7644 (DI-AA-1450), fechados, respectivamente, el 18 de agosto del 2003, el 24 de mayo del 2004 y el 06 de julio del 2004.
Atentamente,
Licda. Laura María Chinchilla Araya
Fiscalizadora
LMCA/lmu
ci Archivo Central
Ni: 16833
2003601720-5
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 20/08/2004
Fecha emisión: 17/08/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM